Paro de Autónomos
Por si alguno todavía no lo sabía, los autónomos que tengan contratada la cobertura por cese de actividad y coticen durante al menos 12 meses seguidos, tienen derecho a percibir una cantidad de paro en función de lo cotizado. Aunque la administración no te lo pone tan fácil, en este caso las mutuas son las encargadas de dicha gestión. Para ello hay que cumplir una serie de requisitos:
Si se cesa en la actividad, dicha prestación debe solicitarse en la Mutua que tenga concertada en el plazo de un mes. Para que la concedan se debe demostrar que la actividad ha finalizado por alguna de estas causas: tener pérdidas económicas demostrables superiores al 10% de los ingresos anuales, o al 20% en dos años consecutivos, algún proceso judicial abierto por razones de fuerza mayor, perder la licencia administrativa, ser víctima de la violencia de género o haberse separado o divorciado. Otro requisito es estar al corriente de pago con la Seguridad social.
La cuantía del paro para los autónomos se calcula tomando como referencia el 70% de la base reguladora; La base de cotización mínima actualmente es de 932,70€ es decir; de la base de cotización de media que se haya tenido a lo largo del año anterior. Quedaría en unos 652€.
Tabla de meses cotizados y de paro:
Meses cotizados | Meses de paro |
---|---|
12 a 17 | 2 |
18 a 23 | 3 |
24 a 29 | 4 |
30 a 35 | 5 |
36 a 42 | 6 |
43 a 47 | 8 |
48 y ss. | 12 |
El coste de cotizar a desempleo en los autónomos está sobre los 23 euros al mes y se puede solicitar en cualquier momento del año para empezar a cotizar al principio de cada trimestre.
Bien es cierto que más de la mitad de las solicitudes que se solicitan acaban siendo rechazadas y no se percibe la prestación por no cumplir con los requisitos exigidos.
Así que se esperan mejoras para principio de año. por lo tanto estaremos atentos para seguir informandoos.